LA MATERIA CONSTITUCIONAL
LA MATERIA CONSTITUCIONAL
La Constitución entendida como un conjunto de normas fundamentales, en uno u otro sentido, es llamada a su vez Constitución en sentido sustancial o material. Al concepto material de Constitución, entendido en este sentido específico, se conectan las nociones de materia constitucional y de norma materialmente constitucional. Se llaman materialmente constitucionales las normas fundamentales en uno u otro sentido, de todo ordenamiento jurídico.
Se llama materia constitucional el conjunto de objetos que son regulados por tales normas. Las normas materialmente constitucionales pueden ser escritas o consuetudinarias. Donde existe una Constitución escrita se esperaría que esas normas estuvieran expresamente formuladas. Sin embargo, no es infrecuente que, también ahí donde existe una Constitución escrita, muchas normas pacíficamente consideradas materialmente constitucionales no estén escritas en la Constitución, sino que estén escritas en leyes ordinarias, o también que no estén de hecho escritas, quedando implícitas, en estado latente. De la misma forma, no es infrecuente que las Constituciones incluyan también normas no materialmente constitucionales.
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