LA FIGURA DEL GERENTE MUNICIPAL III

Creación de la Gerencia Municipal
La creación de la Gerencia Municipal

Para crear la gerencia municipal debe de estarse a lo regulado por el artículo 90 del Código Municipal, el que establece: “Cuando las necesidades de modernización y volúmenes de trabajo lo exijan, a propuesta del Alcalde, el Concejo Municipal podrá autorizar la contratación del Gerente Municipal, Juez de Asuntos Municipales y otros funcionarios que coadyuven al eficiente desempeño de las funciones técnicas y administrativas de las municipalidades, cuyas atribuciones serán reguladas por los reglamentos respectivos”.

Hay que tomar en consideración los supuestos establecidos por la ley, los cuales serán desglosados para su estudio y análisis:
a)      La necesidad de modernización.  Un término muy general para tomar en consideración, ya que más personal en la municipalidad, que no persiga un fin determinado en cuanto a mejorar la organización y acelerar los procesos administrativos, no tiene razón ser y crear la gerencia municipal en aquellos municipios pequeños, solo sería engorroso y caro a largo plazo, por lo que habría que valorar costo beneficio, antes de crear la dependencia. No sería adecuado solo por modernidad crear una dependencia que solo ocasionaría gastos superfluos a una municipalidad pequeña.
b)      Volumen de trabajo. Este es un término que si vale la pena tomar en consideración, ya que algunos procesos se realizan de manera larga y engorrosa, lo que podría facilitarse con conocimientos técnicos de administración en donde se pongan en práctica pasos de la administración como planeación, elaboración, control, evaluación, etc. Así mismo evaluar al personal, ya que personal calificado, podría estar realizando trabajos sencillos que podrían ser elaboradas, por personas con conocimientos técnicos, y las personas calificadas podrían ser reubicadas en otros puestos que coadyuven de mejor manera con los procesos municipales.

c)      A propuesta del alcalde. El alcalde municipal deberá de proponer al honorable Concejo Municipal a las personas idóneas para ocupar el cargo de Gerente Municipal. Lo puede hacer por medio de una convocatoria pública, así mismo dando oportunidad a que personal municipal que tenga la calidad pueda rendir oposición para ocupar dicha plaza o podrá proponer personas de su confianza que llenen los requisitos educativos y técnicos para ocupar tal puesto de trabajo.
         
          Por lo regular esto último es lo que  más se da, ya que el mismo puesto lo requiere, que sea desempeñado por una persona de confianza del alcalde, puesto que en su desempeño va a llegar a velar por los intereses del alcalde, va a realizar funciones que regularmente realizaba el mismo alcalde.
         
          La ley no obliga al alcalde a realizar una convocatoria pública, solo hace mención que el mismo hará una propuesta al honorable concejo municipal de los candidatos a ocupar el puesto de Gerente Municipal. Tampoco la ley establece cuantas personas deben de proponerse al Concejo Municipal.
         
          El alcalde municipal podrá recibir tantas propuestas como sea posible, pero solo deberá enviar al Concejo Municipal los expedientes que considere más idóneos para ocupar el cargo de Gerente, quedando la facultad de elegir al  Concejo Municipal, quien de preferencia deberá escoger a la persona que tenga la mayor experiencia y los mejores méritos académicos.

d)      Cuyas atribuciones serán reguladas por los reglamentos respectivos. Este presupuesto es el que más dificultad puede tener al momento de crear la Gerencia Municipal o de nombrar al Gerente Municipal.
         
          El Código Municipal no establece cuales son las atribuciones que tiene el Gerente Municipal y la mayoría de municipalidades carecen de un reglamento que especifique las funciones de los empleados públicos municipales  que laboran en la municipalidad. La mayoría de empleados se guía en lo que para el efecto regula el Código Municipal o la propia Constitución Política de República de Guatemala, caso particular del Juez de Asuntos Municipales.

          Al carecerse de un reglamento municipal que establezca las funciones del Gerente Municipal, quedaría un vacío legal, lo que podría solucionarse técnicamente, al establecerse en el acuerdo de creación de la gerencia o del nombramiento del gerente, sus atribuciones y funciones, así como el personal que le auxiliara.
         
          Así mismo podría establecerse en el manual operativo las atribuciones del funcionario y de esta manera evitar conflictos de autoridad, jerarquía y responsabilidad, duplicidad de mando y de funciones, falta de orden e improductividad del trabajo; lo que no permite que la dirección se desenvuelva de manera apropiada.

          Además, mediante la adecuada organización se evita la concentración  de la atención de problemas rutinarios relacionados con la prestación de los servicios administrativos y públicos municipales en el Alcalde o Alcaldesa, los que en lo sucesivo podrán ser resueltos aplicando los principios de delegación y desconcentración administrativa.

e)      Aunque la ley no regula el proceso en el cual se decidirá la creación o nombramiento del Gerente Municipal, el mismo se deberá de desarrollar de la siguiente manera: Primero el alcalde municipal en reunión de Concejo Municipal, deberá exponer la idoneidad de crear la Gerencia Municipal, ya que las condiciones de modernidad y de volumen de trabajo, justifican la creación de la misma.

          Así como que la municipalidad, cuenta con los recursos económicos para la implementación de este departamento, debiendo exponer los beneficios que se espera con la creación de la Gerencia Municipal. El honorable Concejo Municipal después de escuchar la propuesta del señor alcalde municipal, deberá discutir sobre la necesidad de la implementación y de la necesidad que tiene la comuna, y decidirá por mayoría lo que más convenga al municipio. La decisión tomada por el Consejo Municipal deberá quedar asentada en punto de acta, debiendo llenar los requisitos legales establecidos para tal efecto. 

Los efectos positivos en la creación e implementación de la Gerencia Municipal

La Gerencia Municipal a través de planificar, organizar, dirigir y controlar las funciones de la administración pública municipal y los servicios municipales, mejorara los servicios en calidad, optimizando los recursos con los que se cuenta, aplicada a todas las operaciones administrativas y técnicas de la comuna.
Como es parte integrante en la elaboración del plan de gobierno local de desarrollo sostenible y el programa de inversiones, será un medio de concertación y socialización con la sociedad civil.
Descargara el despacho municipal, al ser responsable de ejecutar, los acuerdos y ordenanzas del Concejo Municipal, debiendo coordinar para el efecto con los diferentes departamentos de la municipalidad, para cumplir con lo ordenado por el Concejo Municipal.

Coadyuvara al Juez de asuntos municipales, en la elaboración y detección de la necesidad de crear nuevas ordenanzas y acuerdos, que ayuden en el proceso de ordenamiento del municipio. Ejemplo: Reglamento de Mercados, Reglamento de Basurero Municipal, Reglamento Municipal de disposición y venta de bienes mostrencos, etc.

La Implementación de procesos para mejorar los servicios  con énfasis en la organización, planificación, y evaluación del cumplimiento de los objetivos generales, contenidos en el Plan Estratégico Municipal, facilitando el cumplimiento del mismo, al poner en práctica procesos administrativos que coadyuven a su cumplimiento en el mediano y largo plazo.

Descentralizar los reclamos y consultas de acción inmediata, provenientes de los contribuyentes y vecinos, disponiendo la intervención de las direcciones competentes hasta la culminación del proceso. Descargando el despacho municipal, que en la mayoría de veces es utilizado por los vecinos para la presentación de quejas, que bien podrían solucionarse con la intervención del Gerente Municipal.


Como ha quedado establecido el cargo de Gerente Municipal, tiene como finalidad dar apoyo directo al Alcalde Municipal, al descargar gran parte de sus obligaciones, en personas que le ayuden en el gobierno municipal. El puesto deberá ser ocupado por una persona de amplio criterio y de confianza absoluta del alcalde municipal, ya que se convertirá en su mano derecha y brazo ejecutor de las ordenanzas del honorable Concejo Municipal.

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