LA CONSTITUCIÓN COMO FUENTE Y EN QUÉ SENTIDO

LA CONSTITUCIÓN COMO FUENTE Y EN QUÉ SENTIDO



En general, las Constituciones escritas o Constituciones en sentido formal, son fuentes del derecho. En qué sentido, esta tesis puede ser entendida en no menos de tres modos diversos.

1) En un primer sentido, se puede decir que la Constitución es fuente del derecho, por entender, simplemente, que los enunciados constitucionales expresan normas, ya sea normas en sentido genérico, ya sea normas en sentido estricto, es decir, mandatos, las cuales regulan, la organización del Estado y las relaciones entre el Estado y los ciudadanos. Este primer modo de entender la tesis en examen es, prima facie, absolutamente obvio y no problemático.

2) En un segundo sentido, se puede decir que la Constitución es fuente del derecho por entender que las normas constitucionales, cuando menos bajo un régimen de Constitución rígida, son idóneas: a) Para abrogar y/o invalidar si se trata, en este caso, de invalidez sobrevenida de las normas anteriores de rango sub constitucional materialmente incompatibles con ella. b) Para invalidar normas sucesivas de rango sub constitucional formalmente disconformes o materialmente incompatibles con ella. Este segundo modo de entender la tesis en cuestión es menos obvio desde el momento que, en Italia, la doctrina y la jurisprudencia, al menos en relación con algunas normas constitucionales, han sostenido una opinión contraria.

3) En un tercer sentido, se puede decir que la Constitución es fuente del derecho por entender que las normas constitucionales son idóneas para regular directamente no sólo la organización estatal y las relaciones entre el Estado y los ciudadanos sino, también las relaciones entre particulares, y son, por tanto, susceptibles de aplicación jurisdiccional por parte de cualquier juez y no solamente por parte del juez constitucional. Este tercer modo de entender la tesis en examen no es obvio, ya sea porque está en contraste con la concepción clásica de la Constitución, como límite al poder político, ya sea porque, más en general, está conectado a un cierto modo de interpretar los textos constitucionales.



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